-   << Art Anterior   ||    Art Siguiente >>   
 
ARTICULO 1099.-Libertad de contratar Están prohibidas las prácticas que limitan la libertad de contratar del consumidor, en especial, las que subordinan la provisión de productos o servicios a la adquisición simultánea de otros, y otras similares que persigan el mismo objetivo.
Remisiones: ver comentario al art. 988 CCyC.
Introduccion COMENTADA al Art. 1099 (con doctrina)
2. interpretación
Diversas modalidades de contratación pueden generar limitaciones a la libertad de contratar de los consumidores. Ello ocurriría, por ejemplo, si se toleraran legalmente, como ocurría antes de la sanción de la ley regulatoria de los contratos de medicina prepaga, prolongados períodos de carencia para acceder a la plenitud de las prestaciones previstas en el plan contratado; o en la contratación de seguros bajo el sistema conocido como "claims made", que obliga al asegurado a permanecer vinculado a una compañía por todo el lapso de prescripción de las acciones derivadas de un hecho por el que puede ser demandado, entre otros supuestos.
Específicamente, en el artículo se prevé otra situación de limitación de la libertad contractual, como es la que se da cuando el proveedor impone al consumidor la exigencia de adquirir determinados bienes o servicios a cuya satisfacción subordina la provisión de los contratados, lo que suele presentarse bajo el formato de "cláusulas sorpresivas" (ver comentario al art. 988 CCyC).
Sección 2S. Información y publicidad dirigida a los consumidores
Introduccion COMENTADA al Art. 1099 (con doctrina)
Fuente del Codigo Comentado Infojus Ver articulos: [ Art. 1096 ] [ Art. 1097 ] [ Art. 1098 ] 1099 [ Art. 1100 ] [ Art. 1101 ] [ Art. 1102 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 1099 del Código Civil y Comercial Argentina?
Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >>
LIBRO TERCERO
- DERECHOS PERSONALES
>>
TITULO III
- Contratos de consumo
>>
CAPITULO 2
- Formación del consentimiento
>
SECCION 1ª
- Prácticas abusivas
>>
<< Art Anterior || Art Siguiente >>
También puedes ver: Art.1099 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual