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ARTICULO 2344.- Impugnaciones. Los copropietarios de la masa Indivisa, los acreedores y legatarios pueden Impugnar total o parcialmente el Inventarlo y el avalúo o la denuncia de bienes.
SI se demuestra que no es conforme al valor de los bienes, se ordena la retasa total o parcial de éstos.
Introduccion COMENTADA al Art. 2344 (con doctrina)
Interpretacion COMENTADA al Art. 2344 (con jurisprudencia)
Ver articulos: [ Art. 2341 ] [ Art. 2342 ] [ Art. 2343 ] 2344 [ Art. 2345 ] [ Art. 2346 ] [ Art. 2347 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 2344 del Código Civil y Comercial Argentina?
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LIBRO QUINTO
- TRANSMISION DE DERECHOS POR CAUSA DE MUERTE
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TITULO VII
- Proceso sucesorio
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CAPITULO 3
- Inventario y avalúo
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También puedes ver: Art.2344 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales