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ARTICULO 1112.-Forma y plazo para notificar la revocación La revocación debe ser notificada al proveedor por escrito o medios electrónicos o similares, o mediante la devolución de la cosa dentro del plazo de diez días computados conforme a lo previsto en el artículo 1110.
Fuentes y antecedentes: arts. 9°, inc. 1, y 159, incs. 1 y 5, del Código Europeo de Contratos (Grupo Pavía/Gandolfi).
Introduccion COMENTADA al Art. 1112 (con doctrina)
Interpretacion COMENTADA al Art. 1112 (con jurisprudencia)
Ver articulos: [ Art. 1109 ] [ Art. 1110 ] [ Art. 1111 ] 1112 [ Art. 1113 ] [ Art. 1114 ] [ Art. 1115 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 1112 del Código Civil y Comercial Argentina?
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LIBRO TERCERO
- DERECHOS PERSONALES
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TITULO III
- Contratos de consumo
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- Modalidades especiales
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También puedes ver: Art.1112 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual