- Par de animales que se usan en las labores del campo y en ids acarreos; sobre todo si se trata de bueyes, caballos y muías. Yugada, o tierra que ara en un día un par de animales.
Cuando se vendan dos o más animales conjuntamente, sea por un precio alzado o señalándole uno a cada uno, el vicio redhibitorio de cada cual dará tan sólo lugar a su redhibición y no a la de los demás; salvo aparecer que el comprador no habría comprador el sano o sanos sin el vicioso. "Se presume esto último cuando se compra un tiro, yunta, pareja o . juego, aunque se haya señalado un precio separado a cada uno de los animales que lo componen" (art. 1.491 del Cód. Civ. esp.).
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