- En lo canónico, el recibido por legítimo superior eclesiástico en nombre de la Iglesia, (v. VOTO PRIVADO.) En lo político, el que fuerza a declararlo, ya votando con papeleta abierta, ya manifestando de palabra a la mesa electoral la persona o materia a cuyo favor se vota. Es la coacción del elector en las votaciones de carácter general; y sólo parece aceptable en las asambleas parlamentarias u otras restringidas, (v. VOTO SECRETO.)
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➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda