- Cáliz, concha de bautizar y cualquier otro objeto destinado al culto y de forma cóncava. La Ley de Enj. Crim. esp. dispone que, si al instruir un sumario, el juez recoge cosas o vasos sagrados, mandará que sean separados de los demás y guardados aparte, para evitar profanaciones (art. 338).
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