- Locución latina. Garantía del vas romano. Promesa de comparecencia judicial, hecha por el demandado ante el magistrado que lo citaba para día determinado. Durante el procedimiento formulario, esa garantía se concertaba por medio de una estipulación entre las partes. Tal seguridad desapareció en el curso del Imperio. Promesa de comparecer de nuevo ante la justicia, impuesta por el juez al demandado, cuando la causa era remitida a otro tribunal o aplazada para nueva fecha. De contravenir la obligación, el demandado debía pagar una suma, la estipulada, al demandante, (v. REBELDÍA.)
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➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda