- Orden en que varias personas alternan en el ejercicio o desempeño de un cargo, o en el cumplimiento de tareas especiales. Así, se dice juez o juzgado de turno, al que se encuentra en funciones,, en el ejercicio de la jurisdicción para todos los asuntos que, durante el tiempo determinado, se planteen o produzcan, (v. REPARTO.) En el Parlamento y en las asambleas de toda especie, cada una de las intervenciones que se permiten a favor o en contra de un proyecto o proposición, limitadas generalmente a tres en cada sentido, previo concierto, en las Cámaras legislativas, entre los representantes de la mayoría y de la oposición, respectivamente.
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