Definición de TASACIÓN EN LA TUTELA


    El inventario y la tasación de los bienes del menor han de preceder a ia entrega de los mismos a la administración del tutor, dispone el art. 408 del Cód. Civ. arg. Si se ofrece precio superior al de tasación, eh juez puede autorizar la venia extrajudicial de inmuebles o muebles del pupilo (art. 442). Para la enajenación del establecimiento mercantil que pertenezca a un menor, ha de preceder tasación del mismo, sea pública o privada la venta (art. 449).


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