- Locución latina. Este aforismo procesal del Derecho romano, citado aún, expresa que: al efecto de probar la excepción, se reputa actor al demandado. Así como se sienta la regla que la prueba incumbe a aquel que afirma, no al que niega, en este caso, el que excepciona debe probar la excepción formulada. Este principio es de aplicación en los casos de despido del trabajador por el patrono, en los que este último, por vía de excepción, debe probar que el despido ha sido justo.
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual