Definición de "RES INCORPORALES"


    Locución latina. Cosas incorporales. Lo que existe y carece de realidad sensible. Todo derecho que constituye objeto de un negocio jurídico; tanto las obligaciones y la herencia como diversos derechos reales, cual el usufructo y las servidumbres; pero no la propiedad o dominio, por considerarse unida la facultad del dueño con la cosa misma en la plenitud de las atribuciones, (v. "RES CORPORALES".)

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