- Primero. ) Superior. Preferente. Primordial, j) De mayor importancia. | | De mejor calidad. Lo esencial o fundamental por oposición a lo accesorio. | | Lo que puede existir con independencia; en cuyo sentido se habla de que es un contrato principal la compraventa, mientras que no puede serlo la fianza, dependiente de otra convención o relación jurídica. Hablando de ediciones, la pri- mera o príncipe. En los edificios, el piso que se encuentra sobre Ja planta baja o el entresuelo, por ser frecuente que se lo reserven los dueños.
Como substantivo, principal indica el capital de una obligación o censo, a diferencia de los intereses, pensión o canon. | | Jefe o encargado de un establecimiento mercantil o industrial. Poderdante. Fondo de un asunto, | | La primera o más importante de las demandas o peticiones. | | El objeto esencial de una acción judicial, por oposición a lo accesorio; como los intereses, los gastos y los daños y perjuicios, (v. CONTRATO, COSA y OBLIGACIÓN PRINCIPAL.) (1.801, 1.926, 2224, 3355, 3.685, 4.08Q 6262, 6.462.)
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