- El traslado de la escritura matriz que cada uno de los otorgantes tiene derecho a obtener por primera vez.
Desaparecidos el protocolo, la escritura matriz o los expedientes originales, hacen prueba las primeras copias, sacadas por el funcionario público autorizante (ajrt. 1.221 del Cód. Civ. esp.).
Para el Registro de la hipoteca, se ha de presentar al oficial público encargado del oficio de hipotecas, la primera copia de la escritura de la obligación, cuando no se hubiese extendido en el mismo oficio de hipotecas (art. 3.138 del Cód. Civ. arg.).
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual