- La adquisición extraordinaria del dominio y derecho reales por el transcurso de 30 años, con el solo requisito de posesión continua, y sin necesidad de buena fe o justo título. La reconocen los arts. 4.015 del Cód. Civ. arg. y el 1.959 del esp.
[Inicio] >>

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual