Definición de PENITENCIARÍA


    Tribunal eclesiástico y colegiado de Roma, presidido por un cardenal que acuerda y despacha las bulas y gracias de dispensaciones en materias de conciencia. A él se acude para perdón de los pecados cuya absolución está reservada al papa, para levantar las censuras y para la supresión de los impedimentos matrimoniales de los casados sin precisa dispensa. Dignidad y funciones del penitenciario (v.e.v.). Establecimiento penal. En un principio la voz se refirió exclusiva- menté a los locales destinados a la reforma de los internados ry no a su castigo; posteriormente, extendida la encarcelación en un sentido correccionalista, se cdnvirtió en sinónimo de cárcel o penal» No obstante, predomina la aplicación de ese término a los lugares en que se cumplen las penas largas de privación de libertad, con determinada estructura y funcionamiento especial, tendiente a la enmienda de los penados, (v. CÁRCEL, PENAL.)

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