Definición de PENITENCIA PÚBLICA


    A partir del siglo n de la era cristiana, los obispos, para edificación de los fieles y mantener la pureza de las costumbres, estimaron conveniente que los autores de grandes crímenes, si estaban bautizados, fueran excluidos de participar en los santos misterios, excomulgados y sometidos a penitencia pública. Consistía ésta, según se lee en diversos teólogos, en lo siguiente: aquellos contra los cuales se fulminaba, debían dirigirse al penitenciario, que tomaba sus nombres por escrito; el primer día de Cuaresma se presentaban a la puerta de la iglesia con vestidos de luto, como los que llevaban los pobres; entraban en el templo y recibían de mano de obispo cenizas en la cabeza y cilicios para cubrirse; después se los colocaba fuera de la iglesia, y se cerraban las puertas delante de ellos. En su casa pasaban el tiempo de su penitencia en la soledad, en el ayuno y la oración; los días de fiesta se presentaban a la puerta de la iglesia, pero sin entrar a ella; algún tiempo después se Íes permitía para* oír las lecturas y sermones, pero estaban obligados a salirse antes de las oraciones; aJ cabo de cierto tiempo eran admitidos a orar con los fieles, pero prosternados; por último, se les permitía orar de pie hasta el ofertorio, y entonces salían.
    En la actualidad, la penitencia pública o canónica, menos complicada, se reduce a ciertos ejercicios laboriosos y públicos preceptuados por los cánones para los culpables de determinados delitos.


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