Definición de PATRONATO REAL DE LAS INDIAS


    El que correspondió a España hasta la emancipación de sus posesiones del Nuevo Mundo, y consistente en el derecho, basado en los títulos de descubrimiento, población y propagación de la fe, de haber erigido y dotado sus iglesias y monasterios, de presentar sujetos idóneos para la provisión de los diversos beneficios y dignidades eclesiásticas. De esta facultad de las dinastías de Austria y de Borbón, reconocida y ratificada por los pontífices, deriva el derecho de patronato que ejercen las Repúblicas hispanoamericanas. (v. PATRIARCA DE LAS INDIAS.)

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