- Cualquiera de las que forman un todo o conjunto. Específicamente, la principal o substancial, de modo que su falta impide la denominación cabal o los efectos adecuados.
Para De Diego, las partes integrantes o constitutivas son los elementos componentes que con cierta autonomía e independencia forman, unidos entre sí, un todo. Este concepto posee especial importancia en materia de accesión (v.e.v.), donde es preciso deslindar, dentro de las partes integrantes, la importancia de cada una para declarar cuál sea la principal y la que rija los derechos de los distintos interesados.
Al definir los bienes inmuebles, el Cód. Civ. esp, declara que lo son también Tos árboles y plantas y los frutos pendientes, mientras estuvieren unidos a la tierra o formaren parte integrante de un inmueble" (art. 334, n<> 2). (v. ACCESORIO; COSA ACCESORIA y PRINCIPAL.)
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