Definición de PARIDAD DE CASOS


    Identidad o semejanza perfecta de diversos casos entre sí. En principio, las leyes se aplican a casos que tienen paridad completa. Las decisiones de los altos tribunales, en cuanto forman la jurisprudencia, sólo tienen garantías de prosperar si entre el asunto resuelto y aquél en que se invocan existe paridad de caso.


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