Definición de OÍDO


    El sentido y el aparato de la audición es requisito de la plena capacidad jurídica, por cuanto el defecto grave del mismo, la privación de él, determina ciertas restricciones, que se analizan en el artículo sobre el sordo (v.e.v.). Al oído: en secreto, bajo reserva. Cerrar los oídos: negarse a escuchar razones o alegatos.^ En el juez es quizás más grave esto que cerrar los párpados en alguna monótona audiencia.
    Dar oídos: creer algo. Escuchar con placentera malicia lo dudoso, la calumnia, la deshonra.


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