Definición de MULTA GUBERNATIVA


    La sanción pecuniaria que, en uso do sus atribuciones gubernativas o disciplinarias, imponen los superiores a sus subordinados o administrados, según se deduce del art. 26, nt 39, del Cód. Pen. esp., al establecer qué medidas no son penas. El cámpo de las multas gubernativas es tan extraordinario, que no cabe hacer aquí -un resumen; se extienden desde las de mínima cuantía, a veces centavos o céntimos por pequeñas infracciones de policía .urbana, haata las de fabulosas cifras en materia de contrabando y de defraudación contributiva, a veces de carácter penal, pero otras de aplicación discrecional por el Poder ejecutivo en cuantía de millones.
    Al no tener carácter de penas, las multas gubernativas crean una dualidad poco satisfactoria para la técnica jurídica y para la justicia en general cuando un hecho está incluido en el código penal, y además entra en las atribuciones represivas de una autoridad. Así lo establece con desenfado y como despedida de sus preceptos el art. 599 del Cód. Pen. esp., al ocuparse de las faltas: "Las disposiciones de este Libro no excluyen ni limitan las atribuciones que por la© leyes municipales o cualesquiera otras especiales competan a los funcionarios de la Administración para dictar bandos de policía y buen gobierno, y para corregir gubernativamente las faltas en los casos en que su represión les esté encomendada por las mismas leyes". Con- todo, el principio "non bis in idem" queda desconocido.


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