- Convento de monjes, sito por lo general en el campo. Cualquiera casa de religiosos o de religiosas.
Como personas jurídicas, reconocidas por la autoridad pública, tienen capacidad para adquirir, poseer y enajenar bienes de todas clases: para contraer obligaciones y para ejercitar acciones.
Acerca de la situación patrimonial de los monasterios. v. BIENES DE LA IGLESIA y DESAMORTIZACIÓN. En cuanto a la capacidad de los profesos en ellos, v. RELIGIOSO.
[Inicio] >>