- -El miembro del gabinete ministerial que no tiene asignado ningún departamento, aunque participa en- la responsabilidad general del gobierno y asiste a los Consejos de ministros. Sin permanencia en el cargo, pues se desnaturalizaría su calidad, puede confiársele algún plan, estudio o proyecto concreto.
no mencionados en la Const. precedente de 1876, era práctica gubernamental designar ministros de esta índole en ciertas situaciones complejas o para facilitar las coaliciones de los partidos.
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