Definición de MINISTRO PLENIPOTENCIARIO


    En el cuerpo diplomático, luego de los embajadores, legados y nuncios, los ministros plenipotenciarios ocupan la segunda categoría reconocida actualmente en la representación internacional de los Estados. Reciben asimismo el nombre de enviados extraordinarios; y, aunque presentan sus cartas credenciales ante el jefe del Estado, su relación ulterior es con los ministros del gabinete, y no con el presidente o monarca, privilegio de los embajadores.


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