- Terreno bajo y anegadizo que per- manece más o menos inundado al retirarse las mareas, y también por las grandes avenidas de los ríos en las proximidades de sus desembocaduras. Tierra cenagosa por las idas y venidas de las aguas fluviales o marítimas, y siempre costanera. Por extensión, lago formado por el mar en las orillas.
El Regí. esp. de Puertos establece un concepto legal de marisma, que posee gran importancia práctica porque al mismo ha de ajustarse la tierra que se pretenda explotar o aprovechar por concesión administrativa. Considera que lo es toda porción de terreno inculto de la zona marítimoterrestre, cualquiera que sea su naturaleza, que cubran las mareas o las olas y quede más o menos encharcado o produzca emanaciones insalubres en la bajamar o en época de calma, aun sin encharcamientos. Las solicitudes para la concesión de las mismas requiere informe técnico de ingeniería y a veces de sanidad, y trámite ante el respectivo gobernador civil.
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