Definición de MANO ARMADA (A)


    En el Derecho Penal, la expresión caracteriza todo ataque en que los malhechores toman parte llevando una arma cualquiera (blanca, de fuego u otra clase), capaz de intimidar a la víctima, de aumentar el poder ofensivo del delincuente o de anular la defensa del acometido.
    Constituyen circunstancias agravantes de la responsabilidad penal ejecutar el delito con auxilio de gente armada; o en cuadrilla, que ha de estar integrada por más de tres malhechores armados (art. 10, nos. 12 y 13, del Cód. Pen. esp.). El robo a mano armada está castigado con severas penas, (v. los arts. 501. 502 y 506 del cód. cit.)

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