- Entre dos o más amenazas inevitables en su totalidad, el daño menos considerable para los ideales, instituciones, derechos, personas o cosas. Ante el dilema de la elección forzosa entre lo ingrato o adverso, el dicho popular consagra la solución lógica: "Del mal, el menos11; fórmula de resignación, además, para la situación que no resulla tan funesta como se calcula o cual habría podido ser (como no perder sino el equipaje en un naufragio).
El mal menor está impuesto por la ley nal para reconocer la eximente de estado de necesidad, cuyo primer requisito, en el Cód. Pen. esp. de 1932, consistía en que "el mal causado sea menor que el que se trate de evitar" (art. 89, n9 79). El de 1944, más benévolo en esto, habla de que "el mal causado no sea mayor...": luego puede ser igual.
La muerte dada al feto, para salvar a la madre; la echazón ante la perspectiva de zozobrar; las demoliciones que para salvar de un incendio a las percas han de efectuarse, son ejemplos, entre tantos, del dramatismo que la elección del mal menor entraña.
En materia civil, la imposición de servidumbres legales, como las de paso y desagüe, llevan implícito. para quien cuente con el derecho, el tener que ejercitarlo en la forma que cause el menor mal al obligado a consentirlo, (v. MAL MAYOR.)
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