- Como adjetivo, lo principal o más importante. | | Animal que hace lo que se le ha enseñado. Producto u obra de mérito extraordinario. (v. LIBRO MAESTRO, OBRA MAESTRA.) Como substantivo, quien se dedica a la enseñanza de una ciencia, arte u oficio. El que tiene título que le faculta para enseñar o que acredita los estudios hechos para ello. Por antonomasia, el maestro de escuela. Profesor de un colegio. Práctico O experto de un materia. El aprobado en una labor u oficio mecánico o el que lo ejerce públicamente; como el maestro zapatero, el maestro sastre, etc. En las universidades antiguas, el que poseía el gradó mayor en filosofía. Religioso encargado de la enseñanza en una orden regular. En las naves, el palo mayor. ant. Cirujano. Hoy, el compositor de música. Se ha dicho por maestre de una orden militar.
Penalmente, los maestros responden subsidiariamente por los daños y perjuicios causados por los delitos o faltasde sus discípulos, oficiales o aprendices relacionados con el desempeño de sus obligaciones o servicio (art. 22 del Cód. Pen. esp.). Los maestros son castigados por razón de estupro cuando abusan de discípula o aprendiza mayor de 12 años y menor de 23 (art. 434). Además, los maestros que, con abuso de autoridad o cargo, cooperen como cómplices a la perpetración de uno de los delitos de violación, abusos deshonestos, escándalo público, estupro, corrupción de menores o rapto, serán penados como autores; y sufrirán por añadidura, en cuanto estén encargados de la educación o dirección de la juventud, la inhabilitación especial en su grado máximo, la interdicción del derecho de tutela y la de pertenecer a Consejo de familia (arts. 445 y 446).
Prescriben a los tres años las acciones que obligan al pago de los honorarios o estipendios debidos a los maestros (art. 1.967, n 2%del Cód. Civ. esp.). (v. APRENDIZ, CATEDRÁTICO, DISCÍPULO, ESCUELA, ENSEÑANZA, OFICIAL.)
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