Definición de LUCTUOSA


    Antiguo derecho que regía en algunas provincias, donde, al morir el súbdito de un prelado o de un señor, estos últimos podían elegir una alhaja de las dejadas por el difunto, de no haber él indicado en su testamento la que debía ser. La denominación ha de proceder de los herederos del causante; pues, para los beneficiados, la ocasión tenía poco de luctuosa o triste; o procuraba el remedio popular para aliviar los duelos con provechos, (v. LEGADO PÍO.)

    [Inicio] >>





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...