- Es un instituto que permite que quien es tercero al momento inicial del proceso se incorpore a éste adquiriendo la calidad de parte otorgando el derecho de defensa en sentido amplio si acredita determinado interés a los fines de que se le otorgue la participación de ley, estableciendo que "declarada admisible la intervención del tercero, éste asume la calidad de parte con sus derechos, obligaciones, cargas, facultades y deberes. Porque el propósito de la institución consiste en brindar a aquél la protección judicial de un derecho o interés propio.
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