- El letrado que ejerce con permanencia su jurisdicción, sin perjuicio de traslados o ascensos; en cuyo sentido se contrapone al especial o extraordinario. Cualquiera de los jueces pertenecientes a la jurisdicción ordinaria o común. | | Más especialmente, el que conoce en primera instancia de una .causa. | | En Derecho Canónico, juez eclesiástico o vicario del obispo. También, el propio obispo cuando ejerce jurisdicción en asuntos judiciales del fuero de la Iglesia, (v. JUEZ ARBITRO, ESPECIAL y EXTRAORDINARIO.)
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