- Nulo; sin validez ni fuerza obligatoria. Se refiere al matrimonio canónico que adolece de defectos que lo hacen nulo o anulable. Con imprecisión técnica aparece el vocablo dentro del Codex Juris Canonici, donde se estima que abarca desde la nulidad absoluta (como la falta de volición) hasta el matrimonio sujeto a irritación en la ley positiva o el conválidable, por ciertos defectos de forma.
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual