Locución latina. En la medida o dentro del activo de la herencia. En caso de aceptación a beneficio de inventario, el heredero sólo responde de las obligaciones del causante "intra vires haereditatis"; si acepta pura y simplemente, se expone a responder "ultra vires", más allá del patrimonio del de CUJUS, incluso con los bienes personales anteriores a la sucesión, (v. ACEPTACIÓN DE LA HERENCIA, BENEFICIO DE INVENTARIO.)
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual