- Reto, desafío ; pro vocación o requerimiento para someter al azar de las armas algo tan personal como el honor.
Aunque sin aplicación práctica, por pasividad pública al respecto, la instigación al duelo se encuentra penada en el art. 99 del Cód. Pen. arg. en estos términos: "El que instigare a otro a provocar o aceptar un duelo y el que desacreditare públicamente a otro por no desafiar o por rehusar un desafío, serán reprimidos: 19 Con multa de doscientos a mil pesos, si el duelo no se realizare o si, realizándose, no se produjere muerte ni lesiones o sólo lesiones de las comprendidas en el art. 89. 29 Con prisión de uno a cuatro años, si se causare muerte o lesiones de las mencionadas en los arts. 90 y 91". Tales preceptos se refieren a las lesiones leves, menos graves y graves, respectivamente, (v. DUELO.)
[Inicio] >>