- Niña menor de siete años. En España, y en tiempos de monarquía, título de las hijas legítimas del rey, salvo ser la presunta heredera, en cuyo caso recibía la denominación de princesa. Conviene aclarar que en otras cortes reales se da el nombre de princesas a las nombradas infantas en España. Mujer de un infante. Parienta del rey a quien por especialísima concesión se le otorga este título.
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