- Se dice en Chile por las circunstancias atenuantes o agravantes que no concurren en igual sentido.
Esa situación" puede producirse, por ejemplo, a consecuencia de la exaltación pasional que, ante la provocación a la indignidad de la luego víctima, suscite el arrebato, circunstancia atenuante, favorable al agresor; pero ese mismo ímpetu o vehemencia, al prolongarse y excederse el agente, puede conducirlo sin duda al ensañamiento. Las circunstancias inconcurrentes tienden a compensarse, sin excluir automáticamente la valoración judicial.
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