Definición de INAPELABLE


    Irremediable, inevitable, insubsanable. Definitivo. Fallo, sentencia, auto o resolución contra la cual no cabe apelación (u otro recurso cualquiera), por ser firmes, no autorizarlos la ley, haberlos consentido las partes o haber transcurrido el término hábil.
    Contra todos los autos y sentencias de los jueces de primera instancia cabe apelación; pero no contra las providencias de mero trámite, contra las cuales únicamente se admite el recurso de reposición (arts. 376 y 3G2 de la Ley de Enj. Civ. esp.).
    La Ley arg. 11.924 establece, para los asuntos cuya cuantía exceda de 200 pesos, cuándo se admite la apelación: procede contra las sentencias definitivas en el juicio ordinario; contra las que ordenen o nieguen el desalojo (desahucio); contra las que rechacen la ejecución o la ordenen proseguir si se han opuesto excepciones; contra el auto que rechace de oficio la demanda y el que declare de puro Derecho la cuestión (art. 52). En el fuero del trabajo, son inapelables las sentencias en que la cantidad del litigio sea inferior a3.000pesos. No obstante, el Ministerio Público del Trabajo puede interponer recurso cuando el interés de la causa lo merezca, sea cual sea su importe (art. 96 de la Ley 12.948). (v. APELABLE, APELACIÓN.)

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