Definición de IGNOMINIA


    Afrenta pública. Aunque la Academia indique que puede ser con causa o sin ella, estimamos que, cuando no existe infracción de deberes ni falta al honor, la calificación desfavorable no posee, al menos para quien la sufre con recta conciencia y conducta, el sentido bochornoso de esta palabra. Así, para el militar no hay ignominia en la derrota; pero sí en la cobardía o en la deslealtad.


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