- "Fonda de lujo", según el decir de la Academia; pero, en verdad, no constituye sino la moderna denominación de las antiguas fondas, albergues, hosterías, posadas y mesones, con gradación en comodidades y aspectos desde la suntuosidad de un palacio hasta la miseria de las ventas quijotescas. La difusión relativamente reciente de esta voz, adoptada del francés, hace que en los códigos civiles del siglo pasado, como el argentino y el español, las disposiciones que a hoteles y a hoteleros se refieren, tanto sobre responsabildad por los objetos de los huéspedes como sobre el derecho de prenda sobre sus efectos, a fin de hacerse pago de lo adeudado, y también la prescripción de lo debido por hospedaje, se encuentre dicho en fondas y fondistas, posadas y posaderos, mesones y mesoneros (v.e.v.).
Hotel es también la casa de familia que goza de independencia total o parcial con respecto a las colindantes, y con alguna extensión reservada por lo general para jardín o huerto.
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➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda