Definición de HOMICIDIO-SUICIDIO


    Figura penal mixta donde se combina la aquiescencia o instigación de la víctima con la voluntad más o menos espontánea del "agresor". El homicidio-suicidio típico consiste en la colaboración prestada al que quiere matarse, y no puede o no se resuelve en firme a realizarlo. Por el consentimiento de la víctima, y por la menor peligrosidad que revela el homicida, que sólo actúa ante el requerimiento anormal ajeno, a veces angustioso, como el del enfermo aquejado de insufribles dolores, las leyes penales establecen sanción atenuada para estos delincuentes. Así, el Cód. Pen. arg., en su art. 83, determina que: "Será reprimido con prisión de uno a cuatro años, el que instigare a otro al suicidio o le ayudare a cometerlo, si el suicidio se hubiese tentado o consumado".
    Criterio diferente sustenta el legislador español en el Cód. Pen., al declarar: "El que prestare auxilio o induzca a otro para que se suicide, será castigado con la pena de prisión mayor; si se lo prestare hasta el punto de ejecutar él mismo la muerte, será castigado con la pena de reclusión menor" (art. 409). En esta última partease advierte poca lógica; ya que equipara en la sanción al homicida ordinario, peligroso delincuente a todas luces, con quien da muerte al que asi lo desea, hechos entre los cuales media un abismo moral. La jurisprudencia del Trib. Supr. ha estimado como caso de homicidio-suicidio el hecho de haberse puesto dos de acuerdo para suicidarse, seguido del suicidio de uno de ellos, presenciado por el otro, que se produjo lesiones. Los cssos más frecuentes de homicidio-suicidio se producen en parejas de novios o amantes contrariados en sus pasiones.


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