Definición de FUERZA


    La inclusión de esta voz en un Diccionario jurídico constituye a la vez una necesidad y un contrasentido. Esto, por cuanto fuerza se contrapone a derecho; ya que recurre a ella quien. no cuenta con Ó9te, o quien no quiere usar de su derecho como en Derecho procede. Pero, en otro aspecto» la fuerza es el amparo supremo del Derecho, como expresión material del poder coactivo que éste entraña para imponerse cuando voluntariamente no se acepta su imperio pacífico; y, así, fracasada la ejecución voluntaria que una resolución firme de los poderes públicos determina, es lícito recurrir al empleo de la fuerza, para imponer a un particular la ley o el derecho reconocido, si bien en lo civil no reviste la aplicación personal )salvo extremos casos de rebeldía) y se proceda indirectamente a la ejecución forzosa patrimonial. Aun fuera del puro Derecho Público, individualmente se permite el empleo de la fuerza en la legítima defensa, por el peligro inmediato que una agresión significa para la persona, sus bienes o derechos. La fuerza, en toda la apoteosis ( de la brutalidad y sin reconocimiento de límites )y* oue las llamadas leyes de la misma se infringen casi siempre por todos los beligerantes), es la guerra.
    En las principales acepciones la voz fuerza, para ceñirnos a la sistemática de la obra, significa vigor, energía, robustez. Violencia. Eficacia, virtud de las cosas. II Dominio material de otro. -Viciación de una mujer. Todo atropello y acto opuesto a razón y derecho. Agravio que el juez o tribunal eclesiástico infiere a una parte al conocer sin competencia de una causa, al tramitarla sin sujeción a forma legal o al negarle la apelación pertinente.
    (v. RECURSO DE FUERZA EN CONOCER.) En sentido muy generalizado, por fuerza se entiende el acto de obligar injustamente a otro, usando de mayor o menor violencia, a hacer lo que no quiere, a sufrir lo que rechaza, a dar algo contra su voluntad o a abstenerse de aquello que puede y quiere lícitamente hacer. En principio, como vicio del consentimiento, invalida el acto jurídico, y puede originar además una sanción penal para quien a tal fuerza recurra.
    A los "hechos producidos por la fuerza y el temor" dedica el Cód. Civ. arg. sus arts. 936 y ss., que integran en realidad el concepto de fuerza irresistible (v.e.v.).
    En materia procesal, "serán nulos todos los actos judiciales practicados bajo la intimidación o la fuerza. Los jueces y salas que hubiesen cedido a la intimidación o a la fuerza, tan luego como se vean libres de ella, declararán nulo todo lo practicado y promoverán al mismo tiempo la formación de causa contra los culpables" (art. 442 de la Ley de Enj. Civ. esp.).
    La voz de fuerza comunica su energía a distintas locuciones de interés para el Derecho.
    Así, a fuerza de brazos, mediante trabajo o esfuerzo.
    A la fuerza o por la fuerza: violentamente. Contra la voluntad. | | De modo necesario.
    A la fuerza ahorcan: que justifica la cesión, con mayor o menor dignidad, ante una violencia más o menos irresistible y despótica.
    A viva fuerza: de modo violento; contra la resistencia del obligado a hacer o padecer algo, sea con justicia o sin ella.
    Alzar la fuerza o quitar la fuerza: revocar, anular, enmendar un tribunal eclesiástico la fuerza o agravio jurídico causado a una parte por un juez o tribunal inferior, luego de la apelación oportuna.
    Hacer fuerza: forcejear; resistir. -j Obligar, violentar, forzar. | | Persuadir, aconsejar, inducir.
    Protestar la fuerza: en la jurisdicción eclesiástica, apelar, reclamar contra el desconocimiento del fuero propio, el quebrantamiento de las formas legales o la negación del derecho alegado.
    Ser fuerza: ser necesario, obligatorio, forzoso.
    (v. ABUSO DE PODER, COACCIÓN, VEJAMEN y, especialmente, FUERZA IRRESISTIBLE, INTIMIDACIÓN, VIOLENCIA.) (256, 336, 337, 457, 3.546, 4.244, 4247 4252, 5.565, 5 633.)

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