Definición de ESCUDO DE ARMAS


    En heráldica, "campo, superficie o espacio de distintas figuras en que se pintan los blasones de un Estado, ciudad o familia" (Dic. Acad.). El del Estado se denomina escudo nacional o de armas reales (esto en las monarquías), y su uso público suele estar reglamentado. Los de las ciudades se emplean en actos y documentos oficiales relacionados con las mismas; y, por lo general, al simbolismo del dibujo agregan frases honoríficas, históricas o legendarias. Los familiares, signo de nobleza o cuidada genealogía, pertenecen a los títulos de duques, marqueses, etc., y también a linajes esclarecidos sin el concurso regio ni roce más o menos íntimo con la realeza.
    El uso indebido de escudos de armas estaba severamente reprimido en tiempos en que la aristocracia era la clase gobernante. Hoy día, no obstante, cabe aplicar a esta materia el precepto que castiga el uso de insignias no autorizadas, (v. el art. 324 del Cód. Pen. esp.)

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