Definición de EMPRÉSTITO DE USO


    Por este contrato, una de las partes presta o entrega a la otra gratuitamente una cosa no fungible, mueble o raíz, con facultad de usarla (art. 2.255 del Coa. Civ. arg.). Este contrato, por su carácter real, exige la entrega de la cosa para su perfeccionamiento. La doctrina referente al mismo se expone en la voz COMODATO. (v. los arts. 2.256 a 2.287 del cód. cit.)

    [Inicio] >>





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...