Definición de "CURATOR MINORUM"


    Locución latina. Curador de menores. No lo era de todos los menores en verdad, sino de los púberes (mayores de 14 años) basta la mayoridad (a los 25 años), que primeramente intervenía para garantía moral de los que contrataban con éstos; pero que, en los últimos tiempos del Imperio, se transformó en administrador de loe bienes de los mismos; en la persona que había de dar el "consensus" para los actos jurídicos que pudieran empeorar su condición.


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