- La determinada por el juez a petición del Ministerio de menores o de parientes del incapaz. Durante la substanciación de la incapacidad, cabe nombrarun curador interino o un interventor administrativo. Para la regulación en el Cód. Civ. arg., v. los arts. 147 y 148, 470 y 471 y 491 y ss.; y, además, CÚRATELA LEGÍTIMA y TESTAMENTARIA.
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual