- El crédito divisible y activo de la herencia se distribuye entre los coherederos en proporción a la parte en que es llamado cada uno a la sucesión. Desde la muerte del causante, todo heredero está autorizado para exigir, hasta la concurrencia de su cuota hereditaria, el pago de los créditos sucesorios a su favor. Además, cualquiera de los herederos puede ceder su parte en los créditos de la herencia (arts. 3.485 y ss. del Cód. Civ. arg.). (v. CRÉDITO PASIVO DE LA HERENCIA.)
[Inicio] >>

➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda