- Se dice de cada uno de los predios, campos o edificios contiguos entre sí, con linderos comunes al menos en parte. Cada uno de los municipios cuyos términos lindan. | | Denominación recíproca de los propietarios que tienen fincas contiguas. En ciertas condiciones da derecho a retracto legal en caso de enajenarse una de las heredades, (v. RETRACTO DE COLINDANTES.) En los expedientes de dominio, para inscribir inmuebles o derechos reales en el R> gistro de la propiedad, se cita a los colindantes, sin que detenga su curso la incomparecencia de los mismos.
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