- Lo contrario a individual, sobre todo en cuanto a la propiedad. Lo común a un grupo, a la estructura de una colectividad. Con virtud para recoger o reunir. Lo común o perteneciente a varias personas; o relacionado con todas ellas, sin distinción.
Bienes colectivos son los sujetos a propiedad común.
Pánico colectivo califica al que se apodera al mismo tiempo de una multitud.
Sociedad colectiva es la que cuenta con socios que participan personalmente en la responsabilidad de la compañía, de modo que sus bienes particulares se computan como partes integrantes del capital social, (v. COMPAÑÍA COLECTIVA, CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO, PACTO COLECTIVO DE CONDICIONES DE TRABAJO.)
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual