- Locución latina. Representante judicial en asunto propio. El que, debiendo su calidad al actor en un litigio, procedía al servicio de su propio interés; ya que, de vencer en el pleito, estaba dispensado de rendir cuentas de los beneficios logrados, (v. CESIÓN DE ACCIONES.)
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual