- La que no se ajusta a la verdad, especialmente cuando transcribe lo asentado en un Registro público. El Cód. Pen. esp. castiga con arresto y multa al facultativo que libre falso certificado de enfermedad o lesión para eximir, a alguien, de un servicio público. Las penas serán de suspensión y multa si la falsa certificación se refiere a méritos o servicios, buena conducta, pobreza u otra circunstancia análoga. Con arresto mayor será castigado el particular que falsificare certificación o que, a sabiendas, hiciere uso de una falsa.
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual